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Cogollo de marihuana

El abogado Rafael J. Repiso responde en su sección El bufete a una consulta remitida por un lector de la página sobre las consecuencias legales que puede tener la aprehensión de una pequeña cantidad de marihuana a un ciudadano que la portaba mientras transitaba por la vía pública. Si desea resolver dudas legales de distinta naturaleza (multas de tráfico, recursos judiciales, hipotecas, contratos de compraventa, alquiler, herencias, despidos o, incluso, consejos para afrontar un juicio) puede enviar un correo electrónico a nuestra dirección exponiendo su consulta.

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Hace unos días me paró la Guardia Civil y me pillaron un cogollo de marihuana que pesaba 0,3 gramos. Aunque sé que es una cantidad insignificante me gustaría saber qué me pasará, ya que me pidieron únicamente el DNI. Gracias. A.C.

Lo primero que le voy a indicar es una obviedad y es que si no lo detuvieron fue, precisamente, porque la cantidad que llevaba era muy escasa y, por tanto, no se le va a imputar delito alguno.

El Tribunal Supremo es el que ha venido fijando las cantidades que se estiman destinadas a consumo, para diferenciarlas de los supuestos en los que se presume que hay trafico de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Esta cantidad está hoy día fijada en 100 gramos, que es lo que, según dicha jurisprudencia, puede llegar a consumir un fumador de marihuana durante cinco dias.

Lo que sí van a hacer con bastante probabilidad es iniciar un expediente administrativo sancionador contra usted (algo así –y a modo de ejemplo- como una multa de tráfico) por falta grave, por consumo o tenencia de drogas tóxicas en la vía pública.

El importe de estas sanciones suele ir entre los 300 y los 30.000 euros, graduándose en función de diversos factores como la cantidad, el número de sanciones anteriores si las hubiere, etc. En su caso, si es la primera vez que lo interceptan, y habida cuenta de la poca cantidad que portaba, es prboable que la sanción no sobrepase los 600 euros como mucho.

En cualquier caso, esta sanción puede quedar en suspenso si durante la tramitación del expediente sancionador, usted acredita que está sometiéndose a un tratamiento de deshabituación en algún centro habilitado al efecto.

Aviso a los lectores

Las respuestas a estas consultas están hechas sin conocer en profundidad el caso concreto y sin haber podido analizar ninguna documentación sobre el particular. Por ello, se recomienda que, en caso de necesitarlo, contacten con cualquier abogado en ejercicio, dado que unos consejos vía Internet nunca pueden sustituir la consulta en profundidad que se puede hacer en un despacho dirigido por un profesional cualificado adscrito a cualquier Colegio Profesional de Abogados.

RAFAEL J. REPISO
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